La vigencia plena de la Constitución Nacional y de las Constituciones provinciales necesita de Poderes Judiciales independientes que puedan garantizar los derechos de las ciudadanas y ciudadanos.
Constituye un debilitamiento claro de la independencia judicial relativizar lo dispuesto en el art. 110 de la Constitución nacional en cuanto a la permanencia en los cargos judiciales pretendiendo abrir paso a la transitoriedad o periodicidad en su ejercicio.
La Mesa Ejecutiva de la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial expresa su categórico desacuerdo con las manifestaciones del Presidente de la Nación relativizando el valor de la permanencia en los cargos judiciales establecida como base de la independencia judicial. Es esperable desde las más altas funciones del Estado un afianzamiento de las disposiciones de la Constitución como así también el respeto a las reglas establecidas por los constituyentes para garantizar la forma de Estado republicana y democrática.
La existencia de Poderes Judiciales independientes supone el compromiso institucional para preservar las condiciones que la hacen posible. Desde la FAM pensamos que no es bueno sembrar dudas acerca del alcance de las garantías que la Constitución Nacional establece para proteger los derechos y garantías de la ciudadanía, siendo el mejor camino trabajar para fortalecerlas.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 1 de Agosto de 2021.
Ariel Ariza, Presidente FAM
Omar López, Secretario FAM.