Con motivo de la postulación efectuada por el Poder Ejecutivo de la provincia de Chubut para cubrir la vacante producida en el Superior Tribunal de Justicia, la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial sostiene que deben respetarse los principios de paridad de género y diversidad regional.
En primer lugar, porque la propia Ley 152 que reglamenta la designación de ministros/as así lo establece respetando normas constitucionales, convencionales y locales al disponer que, en la medida de lo posible, se deberá respetar la paridad de género y la diversidad regional, siendo ésta la regla. Por ende, sólo una circunstancia extraordinaria podría justificar su apartamiento.
En ningún caso puede interpretarse que la frase “en la medida de lo posible” haya sido incluida suponiendo que no hubiese mujeres con capacidad, pues entender la norma provincial de ese modo significaría aceptar que la ley es discriminatoria en tanto parte de un estereotipo que indica que las mujeres no tienen las mismas capacidades que los hombres para acceder a los cargos públicos.
Asimismo, porque es una oportunidad histórica tendiente a que, por primera vez en la provincia, se garantice como estándar internacional la paridad de género además de la representatividad regional, para lo cual se debería descartar la candidatura de varones, de personas que no sean habitantes de la provincia y sin capacitación en derechos humanos.
Recalcamos la necesidad de respetar principios y estándares constitucionales y convencionales en tan trascendente decisión, garantizando los derechos reconocidos a las mujeres en el plano nacional e internacional que históricamente han sido omitidos y postergados.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de mayo de 2024
Marcela Ruiz, Presidenta de la FAM
Christian Fabio, Secretario General de la FAM
Andrea Tormena, Directora de Políticas de Género, Igualdad y Diversidad de la FAM